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Mostrando entradas de marzo, 2024

FUERA DE ORDENACION - CAMBIO EN EL PLANEAMIENTO - STSJ MU 1294/2023 - ECLI:ES:TSJMU:2023:1294

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TERCERO. - El art. 112 de la LOTURM 13/2015, establece el régimen de fuera de ordenación para aquellos edificios, ya terminados y por lo tanto en uso, cuando por el cambio de planeamiento dejan de cumplir todos los parámetros urbanísticos y establece lo siguiente:  1. Los edificios e instalaciones erigidos con anterioridad a la aprobación del planeamiento urbanístico que resultaren sustancialmente disconformes con las determinaciones del mismo serán considerados fuera de ordenación.  2. E l planeamiento señalará aquellos supuestos en que será de aplicación este régimen de fuera de ordenación y fijará los márgenes de tolerancia precisos para ajustar su alcance a las edificaciones incompatibles con la ordenación, que deberán quedar identificadas en el plan. Entre estos supuestos deberán incluirse en todo caso las edificaciones que impidan la ejecución de los viales y dotaciones públicas previstas en el planeamiento.  3. No podrán realizarse en ellas obras de aumento de vol...

OMITIDO EXAMEN EN INSTANCIA, RESOLUCION EN APELACION - STSJ MU 1347/2023 - ECLI:ES:TSJMU:2023:1347

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 QUINTO. - Habiendo omitido el juez de instancia el examen del fondo del asunto, por apreciar la caducidad, - erróneamente como hemos argumentado-, interesa el Ayuntamiento apelante que, entre esta Sala a resolver sobre dicho fondo, por razón de economía procesal.  La parte apelada, por el contrario, considera que ello supone privarle de una doble instancia, con vulneración de su derecho a la tutela judicial efectiva. La alegación de la parte apelada ha de tener acogida, pues el artículo 85.10 de la Ley Jurisdiccional solo dispone que el tribunal resuelva sobre el fondo en caso de revocación de sentencia que declare la inadmisibilidad del recurso. Ciertamente, la retroacción de las actuaciones para que el Juzgado de instancia dicte sentencia sobre el fondo puede determinar que alguna de las partes interponga un nuevo recurso de apelación, pero lo contrario supone privar en este caso a la parte apelada de una segunda instancia en cuanto al fondo (que sería posible dada la cuant...

SANCION CONFORME AL VALOR DE LO REALIZADO OBJETO DE INFRACION STSJ MU 2830/2015 - ECLI:ES:TSJMU:2015:2830

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TERCERO .-  ... Finalmente, en cuanto a la sanción impuesta la LSRM en su artículo 238.1 dispone que "Las infracciones urbanísticas se sancionarán, en función de la clase de infracción de que se trate, con multa , en relación con el valor de lo realizado objeto de infracción , fijando en su apartado b) como sanción para las infracciones graves la de multa del 20 al 50 por ciento del valor de lo realizado.  A este respecto, la Sentencia apelada realiza un examen detallado de las pruebas practicadas y explica los motivos por los que deben prevalecer los informes técnicos de la Administración acerca del volumen de tierra producido sobre los informes periciales aportados por la parte.  Así en ella se argumenta que "En cuanto a la determinación del volumen de tierra que se ha movido en la finca en cuestión, como recoge la resolución del Consejo Económico Administrativo, por el Servicio Técnico correspondiente en fecha 11- 10-2010 se informó que el cálculo del volumen de desmon...

COMPROBACION DE VALOR POR METODO VALOR HIPOTECARIO - MOTIVACION

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 STSJ MU 2552/2023 QUINTO.- Resolución del TEARM confirmatoria de la liquidación por Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Comprobación de Valor.  La resolución de la controversia nos obliga a resolver en primer lugar sobre la comprobación de valor llevada cabo por el método del valor asignado a la finca hipotecada para, con posterioridad, referirnos a la bonificación autonómica por vivienda habitual.  En lo que a la comprobación de valor se refiere, por razones d economía procesal y la consolidada doctrina al respecto del Tribunal Supremo y de esta Sala, acudiremos a la alegación relativa a la falta de motivación de la liquidación por el método empleado, el relativo a hacer uso del valor de la finca hipotecada, lo que determinará la estimación del motivo.  Son copiosas las resoluciones que hemos dictado a este respecto tras el cambio de criterio sentado por nuestro Tribunal Supremo en lo relativo a la individualización de actuaciones tendentes a la fijación del v...

SOLIDARIDAD DE LA INFRACCION URBANISTICA

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STSJ MU 943/2022  ARGUMENTO DE PARTE: 3º) En relación a la responsabilidad solidaria (Fundamento de Derecho Cuarto de la Sentencia). Pese a lo dispuesto en el artículo 130 de la LRJPAC, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, en sentencias como la 76/1990 y la 146/1994, de 12 de mayo, ha matizado esto admitiendo que la solidaridad solo será exigible cuando resulte imposible delimitar de forma individual su responsabilidad. Además, el artículo 235 de la LRJPAC establece el carácter independiente entre sí de las multas que se impongan a distintos sujetos por una misma infracción.  En el presente expediente, existe posibilidad real de delimitar la responsabilidad, en función del porcentaje de participación en la finca, en tanto la propia Administración atribuye la responsabilidad a los supuestos infractores de manera objetiva por el mero hecho de ser propietarios de cuotas indivisas en las fechas en que ocurrieron los hechos.  Ni la Administración, ni el Juzgado de pr...